TRAMITES BURSATILES

REQUISITOS PARA REGISTRO DE TRANSACCIONES BURSATILES DE COMPRAVENTA EN BAGNISA

Para realizar una transacción se debe  elaborar la solicitud en nuestro Sistema en línea a través de un Puesto de Bolsa autorizado por BAGNISA, conteniendo los siguientes datos:

Nombre o razón social del vendedor y del comprador.

Fecha y lugar de la transacción.

Descripción del bien transado.

Monto transado.

RUC y/o cédula de identidad del vendedor y del comprador; exceptuando a las personas cuyas transacciones sean menores a C$ 25,000.00.

Volumen.

Alícuota aplicada.

Monto de la retención.


La solicitud debe ser presentada junto con la declaración y el pago de la retención definitiva o constancias de retención, puede ser en físico o correo electrónico, y el pago  de la comisión  por el  servicio del registro.

La comisión del puesto de bolsa es  acordada entre las  partes (cliente y  puesto).

 

Todas las transacciones de compraventa de Productos Agropecuarios registradas en BAGNISA, menores a 40 millones de Córdobas, están exentas del pago del IR Anual, del 1% de Pago Mínimo (IR Definitivo sobre ingresos brutos mensuales), y las transacciones independiente del monto estarán exentas del 15% de IVA, 15% de ISC, 1% Impuestos Municipal sobre Ingresos y del 2% de Matricula Anual, por estar sujetos a la Retención de IR Definitiva.

Base Legal: Arto, 260 al 271 de la Ley 822 “Ley de Concertación Tributaria” y Artos. 170 al 177 de su Reglamento.
  • GACETA 241 Ley 822 Ley de Concert. Tributaria
  • Ley 891 Reforma a la Ley 822 Gaceta 240-2014
  • Reglamento de la Ley 822
  • Solicitud de adjudicación de una concesión

Catálogos de códigos de retenciones

Ley 822